PERFIL DEL DIRECTOR DE UNA ESCUELA PRIMARIA PÚBLICA EN GUATEMALA
EL PERFIL QUE DEBE TENR TODO DIRECTOR DE UNA ESCUELA PRIMARIA EN GUATEMALA
La labor docente en cada uno de los salones de las escuelas públicas de Guatemala, enfrenta diferentes retos y dificultades, para el correcto desarrollo de la mediación pedagógica entre el aprendizaje y el niño. Por lo que la dirección de los centros educativos público de Guatemala, deben contar con el perfil idóneo para liderar su labor.
¿Cuál es el perfil del director de centro educativo del siglo XXI?
¿Cuál debe ser el perfil del director de una escuela primaria en Guatemala?
¿Ante
que contexto se enfrenta el director de establecimientos públicos?
FUNDAMENTO LEGAL
Las funciones del Director de un establecimiento Educativo, están establecidas en el artículo 37 de la Ley de Educción Nacional, Decreto 12- 91, indica que son obligaciones de los directores de centros educativos las siguientes:
a) Tener conocimiento y pleno dominio del proceso
administrativo de los demás aspectos técnicos pedagógicos y de la legislación
educativa vigente relacionada con su cargo y centro educativo que dirige.
b) Planificar, organizar, orientar, coordinar supervisar y evaluar todas las acciones administrativas del centro educativo en forma eficiente.
c) Asumir conjuntamente con el personal a su cargo la
responsabilidad de que el proceso de enseñanza-aprendizaje se realice en el
marco de los principios y fines de la educación.
d) Responsabilizarse por el cuidado y buen uso de los muebles
e inmuebles del centro educativo.
e) Mantener informado al personal de las disposiciones
emitidas por las Autoridades Ministeriales.
f)
Representar al centro
educativo en todos aquellos actos ofíciales o extraoficiales que son de su competencia.
g) Realizar reuniones de trabajo periódicas con el personal
docente, técnico y administrativo, educandos y padres de familia de su centro educativo.
h) Propiciar y apoyar la organización de asociaciones
estudiantiles en su centro educativo.
i)
Apoyar y contribuir a
la realización de las actividades culturales, sociales y deportivas de su establecimiento.
j)
Propiciar las buenas
relaciones entre los miembros del centro educativo e interpersonal de la
comunidad en general.
k) Respetar y hacer respetar la dignidad de los miembros de la
comunidad educativa
l)
Promover acciones de
actualización y capacitación técnico-pedagógicas y administrativas en
coordinación con el personal docente.
m)
Apoyar la organización
de los trabajadores educativos a su cargo.
ASPECTO CONCEPTUAL
DIRECCIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO
Si tomamos como punto de partida que la
escuela ha sido establecida como la depositaria del conocimiento, del saber y
de los valores, que buscan la formación de los niños en ilustres ciudadanos,
implica que dirigir una institución tan importante dentro de la sociedad,
significa un grandísimo esfuerzo para que eficazmente se pueda encontrar
respuestas a los diversos problemas y alcanzar la tan ansiada “Calidad Educativa”
Así en la introducción de James M. Lipharm:
Effective Principal; Effective
School, HECHINGER(1981) señaló:
“Nunca he visto una buena escuela con un
mal Director, ni una mala escuela con buen Director. He visto cómo las escuelas
se convertían en buenas y, lamentablemente, cómo destacadas escuelas se
precipitaban rápidamente hacia su declive. En todos los casos, el auge o
declive podía verse fácilmente reflejado en la Calidad del Director”
La Dirección de un establecimiento
educativo, es la acción organizativa que dinamiza el proceso administrativo,
donde el Director pone en juego todas
sus habilidades y conocimientos para cumplir con los objetivos y las metas que
le han sido asignadas.
La función de dirección comprende entre otras las siguientes acciones:
1.
Velar por el respeto a
la filosofía de la institución
2. Procurar los recursos materiales y financieros para el
cumplimiento eficiente de los objetivos.
3.
Motivar a los miembros
del centro educativo
4. Facilitar el desarrollo profesional, personal y espiritual
de los miembros del centro educativo.
5.
Organización
institucional.
6.
Distribución del
horario y calendario escolar.
7.
Actualización del
archivo escolar.
8.
Gestión para la
construcción o reparación del edificio escolar.
9.
Gestión para la
ampliación de servicios educativos.
10.
Promoción de proyectos
escolares y mejoramiento de la comunidad.
11.
Administración,
desarrollo y evaluación de Curriculum
12.
Supervisión del trabajo docente.
13.
Evaluación del centro escolar.
Los métodos de dirección y liderazgo son
bastante complejos y condicionan la actitud y rendimiento de la persona. El
tipo de dirección que impulse el administrador deberá, crear el ambiente
adecuado para que los recursos humanos y materiales pierdan su “individualidad”
e interactúen como “un todo”. Esto significa, corresponde al administrador
contribuir al desarrollo pleno del potencial del administrado, en el que se
encuentra la fuerza de cualquier tipo de institución. El problema del
administrador no es conocer el tipo de administración sino como desarrollarlo o
como hacerlo.
El administrador autocrático utilizada
un tipo de dirección justificada por la concepción negativa que tiene del
personal a su cargo, el cree que:
El ser humano tiene un rechazo natural al trabajo, por lo
que hay que obligarlo a trabajar, usando como elemento motivador la amenaza de
castigo, por lo tanto prefiere ser dirigido, porque no le gusta asumir
responsabilidades.
En el otro extremo se encuentra el
administrador cuya función de dirección se caracteriza por un alto grado de
tolerancia, quien supone:
Que al hombre hay que darle la oportunidad para poder
encontrar la autodirección el autocontrol, la amenaza de castigo no es el único
medio para desarrollar
‘Estos conceptos han sido superados como
práctica general; en la realidad es difícil encontrar administradores (as) que
puedan ubicar en uno de estos extremos; sin embargo, es conveniente citarlo
para afirmar que el estilo de dirección preferido, dependerá de la concepción
del ser humano, de la sociedad y de la autoimagen que tenga e (la)
administrador.
La función de dirección, debe realizarse
considerando la naturaleza del ser humano desde el punto de vista integral: el
hombre o mujer son complejos y manifiestan conductas diferentes como individuos
y como grupo, fuerzas distintas guían su comportamiento, por lo que es
necesario estudiarlo dentro de estas dos dimensiones.
Las aplicaciones del concepto de
conocimiento del fenómeno humano en la dirección son decisivas para los
procesos educativos, debido a los objetivos que persigue la educación que son de transformación humana. El
administrador debe tener en cuenta su propia naturaleza, tan complicada como la
de sus compañeros de trabajo, sus propias expectativas y temores como individuo
y frente al grupo.
Como ser humano, el director tiene el
privilegio de reconocer sus propias limitaciones y superarlas, aprender a
modificarlas a partir de la experiencia; como administrador de seres humanos,
tiene esa obligación, además, la de buscar los medios y los recursos para
contribuir al desarrollo pleno del potencial de sus compañeros. Ese es su
compromiso.
El administrador educativo en su interés
por cumplir responsablemente con la función directiva, se encuentra ante una
práctica bastante compleja que requiere para el logro de los objetivos, conocer
y aplicar los siguientes principios fundamentales:
1. Dirigir hacia el
objetivo: Consiste en que, mientras
mejor sean las funciones de dirección y liderazgo, mejor será la contribución
de los compañeros de trabajo para lograr los
objetivos
2. Armonización de
objetivos: Cuando mejor se asuman las
funciones de dirección y liderazgo, más claro tendrán los compañeros (as) de
trabajo, que sus propósitos personales están en armonía con los propósitos del
sistema educativo
3. Unidad de mando: Es un principio básico de la dirección, del liderazgo y de
la organización. Consiste en la necesidad de que trabajador tenga relación de
autoridad directa con su superior.
El considerar estos principios no solo
se traduce en la práctica en mayor eficiencia, sino que ayuda a disminuir el
nivel de frustración.
Aparte de los principios mencionados
anteriormente, en la función de dirección existen aspectos importantes que
determinan el éxito y la armonía, la comunicación y la motivación.
La comunicación con los compañeros es
uno de los aspectos más importantes en la buena marcha de los procesos de
trabajo. Determina la eficiencia con que se asuman y realicen las tareas, ya
que una comunicación inadecuada produce niveles de tensión interpersonal que
afectan la armonía y el logro de los objetivos.
En el caso de la educación, la
comunicación puede ser de dos tipos: la transmisión de órdenes; y el
intercambio de información interna y externa.
La transmisión de órdenes: se refiere a la necesidad de conservar todos aquellos datos que
garanticen la interpretación correcta y el cumplimiento de las órdenes. Para
ello, el administrador debe poseer los mecanismos e instrumentos para una
comunicación eficiente. De acuerdo con las circunstancias, considerar si la
orden debe ser escrita o de forma oral, general o especifica y cuál es el grado
de formalidad que le corresponde.
El intercambio de información interna y
externa: el administrador debe
controlar que esta llegue a los compañeros de trabajo y sea atendida.
Por otro lado, debe mantener informados
a sus colegas, el administrador debe velar porque las comunicaciones lleguen a
tiempo, además, cierto tipo de órdenes e información debe darlas por escrito,
en el momento y en el lugar apropiados.
En cuanto a la motivación, se considera
que es elemento más importante para el éxito del trabajo individual y grupal;
uno de los aspectos que más afecta en ese sentido al gremio de los educadores
(administrativos y docentes) es la carencia de incentivos en su labor (no
necesariamente el salario)
2.1
EL DIRECTOR
Antecedentes:
El director de un centro
educativo conserva en general, su tradicional relevancia, si bien, el perfil de
sus funciones ha cambiado a consecuencia del crecimiento y transformación de
los sistemas educativos, mantiene una posición privilegiada en el centro educativo.
Su actividad se desarrolla en el ámbito
estrictamente pedagógico, pero gran parte de dicha actividad guarda relación
con los aspectos relativos a la organización, gestión y administración del
centro escolar. Debido a esta ampliación y diversificación de funciones, el director
del centro escolar moderno, necesita estar informado y actualizado para el
desempeño eficiente de su rol.
Se puede considerar como primer
antecedente histórico de la figura del director escolar el “Prefecto de
estudios” que las órdenes religiosas tenían en los seminarios y que también
estaban al frente de sus establecimientos docentes.
En el actual contexto pedagógico de
cambio, constituye tarea fundamental del director animar, impulsar y hacer
posible ese cambio en el establecimiento escolar que tiene a su cargo. Le
corresponde entonces analizar con los profesores las condiciones de todo orden
que el centro ofrece para la innovación a fin de mejorarlas, su actuación no se
limita, a ser transmisor de las órdenes e instrucciones emanadas de las autoridades
y órganos educativos superiores, sino que juega un papel muy importante en la
imagen del centro educativo, así como la expresión de la identidad del mismo.
Esta identidad tiene su manifestación concreta en el proyecto educativo propio
que ha de servir de punto de referencia global para el desarrollo de la
comunidad educativa.
Otros aspectos significativos de la
actividad del director son los relativos a su misión de coordinador de las
diferentes actividades del centro escolar y de impulsor de la participación de
la comunidad educativa con el establecimiento escolar.
Una de sus más importantes funciones es
la de brindar acompañamiento docente a los docentes bajo su jurisdicción
administrativa, lamentablemente este acompañamiento se da muy escasamente, primero
porque le es más cómodo no entrar en polémica con algunas prácticas de sus
docentes o bien no está en la capacidad de hacerlo, pues carece de la calidad
que requiere el hecho de hacer observaciones puntuales y efectivas al trabajo
docente de sus subalternos.
2.2
FUNCIONES
El Director es la máxima autoridad del
establecimiento educativo como tal, debe tener amplio conocimiento de tres
grandes campos: Administrativo, pedagógico y legislativo.
ADMINISTRATIVO
En este campo debe tener conocimiento y dominio del proceso
administrativo, especialmente de las funciones de:
Planificación
Consiste en que a partir de la situación actual se
determinan objetivos, se fijan metas, se adoptan políticas y se identifican
estrategias para movilizarse hacia una situación deseada, en un cierto tiempo,
en función de los recursos disponibles, es decir, el proceso de planificación
cumple la función de orientar el desarrollo, tratando de hacer variar,
racionalmente, la tendencia meramente histórica, hacia objetivos deseados,
mediante el control de las variables que intervienen en el mismo.
Planear significa: pronosticar, fijar objetivos, desarrollar estrategias, programas, fijar
procedimiento y formular políticas de trabajo.
Organización
Consiste en el ordenamiento lógico de todos los componentes
que intervienen en el proceso de la producción, se determinan roles y funciones
de cada uno de los elementos que intervendrán en la ejecución.
Organizar significa:
Establecer la estructura de la organización, delinear
las relaciones y preparar las descripciones de cada puesto. Ejemplos de
organización a nivel local:
1. Consejos Locales de Educación
2. Autoridades municipales
3. Comité de Padres de Familia.
4. Comité de Desarrollo Local.
5. Claustro de Maestros.
6. Asociación de Estudiantes.
7. Escuela de Padres.
8. Comité de la Comunidad Educativa.
Integración
Consiste en seleccionar al personal competente para el
desempeño de los puestos de la organización.
Integrar significa: Seleccionar, orientar y asesorar personal.
Dirigir
Consiste
en la toma de decisiones que afectan todo el proceso de producción; dicho de
otra manera, para dirigir se debe:
1. Asignar trabajos a los subordinados y guiarles si lo
necesitan, en la dificultades que puedan encontrar;
2. Comunicar qué es lo que hay que hacer, cómo hay que
hacerlo, cuándo y dónde;
3.
Ordenar e instruir
oportunamente, si es necesario.
Dirigir implica: delegar responsabilidades y motivar los esfuerzos del personal y buscar
una eficaz coordinación que no significa únicamente trasladar responsabilidades
sino que llevar consigo la autoridad. La delegación puede hacerse por medio de
instrucciones verbales o escritas en orden jerárquico atendiendo las
competencias y atribuciones de los subordinados.
Control
Consiste en integrar las funciones de
supervisión y evaluación para mantener la dirección del proceso, mediante la
asistencia permanente (asesoría), y la comprobación del avance del proceso de
la calidad de la producción y de la productividad se sub dividen en:
1.
Controles
administrativos implica el uso de instrumentos, tales como Cronogramas,
calendarización, técnicas de contabilidad, presupuesto, archivo, documentación,
procesamiento de datos, etc.
2.
Controles técnicos
donde pueden utilizarse mesas redondas, talleres, paneles, entrevistas,
visitas, reuniones, monitores y otros.
Esta función cumple el propósito de identificar los
factores positivos o negativos que intervienen en el proceso de producción,
para fortalecer los primeros y
superar los segundos.
Controlar significa:
Supervisar, Evaluar: Medir los resultados, según metas
o propósitos y verificar la marcha constante de las actividades.
Coordinación
Esta función se da básicamente en la ejecución. Si en la
fase de organización se fijan los roles y las funciones, en la fase de
coordinación se evidencian las relaciones entre los distintos componentes en
forma armónica, para que su inserción sea oportuna y coadyuve a la sincronía
del proceso de ejecución. Podrían afirmarse que el elemento esencial de la
coordinación es la “comunicación” en el proceso de ejecución para alcanzar los
objetivos con la máxima economía de recursos.
2.3
Algunas Tareas Básicas del Director en el Campo Administrativo
a)
La inscripción de alumnos y alumnas
Esta actividad requiere la participación activa y
responsable de: maestros y directores de las escuelas, por cuanto que en la
mayoría de los casos significa el primer acercamiento directo de los padres de
familia con la escuela y debe aprovecharse para establecer una relación de
cooperación mutua en beneficio de la educación del Niño o de la Niña. Es importante y necesario contar en cada
centro educativo con el censo escolar para prever la cantidad de alumnos que
serán atendidos y hacer oportunamente las previsiones necesarias. Además
recordar que la importante actividad de la inscripción está legalmente
establecida en el Acuerdo Ministerial No. 1055-2009 de fecha Guatemala, 15 de
Junio de 2009 en el que se plasma las obligaciones y las sanciones a las que puede
incurrir el Director por el incumplimiento de este importante proceso.
1. La inscripción es una de las primeras actividades formales
que se realiza en el centro escolar, requiere, en primer lugar, el diseño de un
procedimiento sencillo, ágil, democrático y práctico y en segundo lugar, velar
porque se cumplan los requisitos establecidos por las respectivas autoridades
educativas. Por tratarse de una acción interna de cada establecimiento, la
inscripción requiere la habilidad y capacidad del Director, tanto en su
organización como en su ejecución, para satisfacer las necesidades de los
usuarios.
2. La inscripción es una acción de naturaleza puramente
administrativa, en consecuencia debe ocasionar los menores problemas a los
padres de familia y a los estudiantes.
Es importante y necesario contar con un
libro debidamente autorizado por la autoridad correspondiente en donde se lleve
el registro de la inscripción de los alumnos, debiendo anotar los datos de los
mismos y de los padres de familia, para referencias posteriores. Si es posible
puede utilizarse fichas o tarjeta acumulativas de inscripción. En la Actualidad
el SIRE (Sistema de Registros Educativos)se convierte en un nuevo proyecto del
MINEDUC en el que se pretende concentrar toda la información digital,
relacionada a la estadística inicial así como la estadística final de cada
centro educativo de Guatemala.
Actualmente según el Acuerdo Ministerial No, 73-2011, se
cuenta con el programa de gratuidad de la educación, que si bien es cierto no
cubre todas las necesidades o se incumple con la efectividad de presupuesto de
parte del estado, prohíbe cualquier cobro a los padres de familia y cualquiera
que viole la norma de gratuidad, constituye una violación que será objeto de
sanción que impondrá la autoridad competente. El Director como principal
autoridad del establecimiento deber realizar todos los esfuerzos necesarios,
incluidas las coordinaciones con otras entidades del estado afines, a efecto de
que todos los niños en edad escolar sean inscritos. Uno de los fenómenos que
más se suscitan principalmente en el área rural, es que muchos padres de
familia retiran a sus hijos sin que estos hayan culminado cuando menos la
educación primaria, siendo las niñas las más afectadas, el Director deberá
entonces acudir a todos los medios posibles a efecto de que esta situación se
vaya revirtiendo paulatinamente. Según la Constitución Política de la República
de Guatemala se establece en el Artículo 74.- Educación obligatoria. Los
habitantes tienen el derecho y la obligación de recibir la educación inicial,
preprimaria, primaria y básica, dentro de los límites de edad que fije la ley.
b)
Los inventarios de bienes
El inventario general de los bienes del
centro será manejado directamente por el Director, quien certificará su
exactitud.
El inventario deberá anotarse en un
libro debidamente autorizado por la Contraloría General de Cuentas, y
organizarse de tal manera que facilite su consulta en el momento que se
necesite.
Las propiedades de la biblioteca, como
enciclopedias, colecciones especiales o libros que se consideren de valor
inventariable, además de figurar en el inventario específico de la biblioteca,
serán incluidos en el libo de inventario general del establecimiento.
Tanto el inventario valorado de la
biblioteca como el de propiedades sin valor específico, así aquellos bienes de
poca duración se llevará en libros auxiliares debidamente autorizados.
Cuando se adquiera mobiliario, equipo u
otro material inventariable, inmediatamente se ingresará en el Inventario respectivo,
debiendo llenar los formularios correspondientes para dar los avisos
necesarios.
Los inventarios serán revisados
anualmente durante los últimos quince días del año escolar, debiendo
certificarse copia de los mismos para su envío a la sección de Inventarios de
la Dirección Departamental de Educación, utilizándose actualmente los formatos
FIN 1 y FIN 2.
Cuando se produzca pérdida o deterioro
de un material o equipo incluido en el inventario, deberá solicitarse baja de
los mismos por los canales correspondientes, informando las razones que se
tienen para ello, utilizando el procedimiento establecido en la Circular No.
3-57 de la Dirección de Contabilidad del Estado del Ministerio de Finanzas
Públicas. Es importante contar con un libro auxiliar debidamente autorizado
para anotar los bienes fungibles que sean adquiridos por el centro educativo.
c)
Los Archivos
Uno de los aspectos por los que se debe
velar es por el resguardo adecuado de libros de control administrativo, entre
ellos debemos destacar: los libros de actas, libro de inventarios, general y
auxiliar, debidamente autorizados por contraloría, libro de control de
asistencia del personal docente, libro de inscripciones, libro de
conocimientos, libro de visitas, libros de control de programas de apoyo, así
como registro de resultados finales, son lamentables las situaciones por las
que tienen que pasar muchas personas, cuando acuden al centro educativo donde
cursaron su estudios a buscar alguna información, principalmente relacionadas
con resultados de grados promovidos y se encuentran con la desagradable noticia
de que por negligencia ya no existen los archivos correspondientes. Por otro
lado es gratificante y digno de ser felicitados aquellos establecimientos que
resguardan celosamente documentos del establecimiento incluso desde el primer
día en que este empezó a funcionar.
d)
Las bodegas
La recepción y control de los artículos
y demás materiales por concepto de compra o donación, la realizará el director
de la escuela utilizando los registros correspondientes (Libro, formulario,
etc.) al recibir los artículos o materiales, deberá hacer constar:
a)
Si los artículos o
materiales están de acuerdo con lo solicitado;
b)
Si los mismos llegan
conforme a la nota de envío;
c)
Si los materiales están
en buen estado y en condiciones de uso.
Una vez recibido los artículos o
materiales adquiridos, los guardará en un lugar adecuado, dándoles entrada en
el registro respectivo.
El control de los artículos o
materiales se hará mediante el uso y aplicación de formularios diseñados para
el efecto, deberá establecer la clase de artículos o materiales solicitados, la
cantidad y su justificación.
El director guardará cuidadosamente los
comprobantes de cada mes, en orden cronológico y numérico y los agregará al
informe mensual que rinda ante las autoridades
correspondientes.
Toda alteración o situación que se
considere necesaria deberá anotarse en acta, y dar los avisos ante las
autoridades correspondientes para salvar responsabilidades posteriores.
e)
Plan Escolar de Respuesta
Debido a que somos un país altamente vulnerable al riesgo y
a las amenazas socio naturales, se hace sumamente necesario contar con un Plan
de acciones que permitan la prevención, la mitigación y la respuesta ante
cualquier eventualidad que pueda presentarse y que ponga en riesgo al
establecimiento y por ende a quienes lo integran en este caso docentes,
personal de servicio y lo más importante la población estudiantil. Desde el año
2006 la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres CONRED Y EL Ministerio
de Educación MINEDUC presentaron la “Guía para la Organización del Comité
Escolar de Gestión para la Reducción del Riesgo y Elaboración del Plan Escolar
de Respuesta” mediante esta guía se pretende fortalecer las capacidades de los
miembros de la comunidad educativa y lograr reducir las vulnerabilidades a las
que están expuestos. En consecuencia esta guía debe estar siempre en manos del
Director, ya que le servirá de guía para poder elaborar dicho Plan, mismo que
debe ser actualizado anualmente.
f)
Conformación del gobierno
Escolar:
Con la Reforma Educativa, con el aparecimiento del Área de
Formación ciudadana, específicamente en el eje de Unidad en la Diversidad, Vida
en Democracia y Cultura de Paz, se fundamenta la creación de los gobiernos
escolares, que busca que los alumnos y alumnas se organicen en grupos.
El Ministerio de Educación publicó el Acuerdo Ministerial
No. 1745 que dice que se debe crear un gobierno escolar
en todas las escuelas del país. Pero,
¿qué es un gobierno escolar? Este acuerdo nos dice que “El
Gobierno Escolar es una organización de las alumnas y alumnos para participar
en forma activa y consciente en las diferentes
actividades
de
la
escuela
y
comunidad,
desarrollando y fortaleciendo la autoestima, liderazgo,
creatividad y capacidad para opinar y respetar las opiniones ajenas dentro de
un marco de auténtica democracia. “Los Gobiernos Escolares contarán con la
asesoría de maestros, orientadores, supervisores, Comisiones de padres de
familia”, a principios de cada ciclo escolar el Director del establecimiento
deberá realizar la convocatoria, para que con las formalidades del caso y
teniendo como marco legal el Acuerdo Ministerial 1745, se proceda a la
conformación del mismo, que deberá contar con los siguientes miembros
titulares:
Un
presidente o presidenta
Un
vicepresidente o vicepresidenta Un secretario o secretaria
Un tesorero o tesorera
Así mismo un representante por grado debidamente electo,
así mismo un líder o lideresa de cada comisión que se establezca.
Entre las acciones que realiza el gobierno escolar están: •
Organizar actividades para el beneficio de todos los alumnos y las alumnas, de
los y las docentes y de las autoridades de la escuela • Conseguir recursos para
el mejoramiento de la escuela • Realizar actividades para lograr mejores
aprendizajes • Organizar actividades que permitan la participación de la
escuela en la comunidad • Velar por la participación y el aprendizaje de los y
las estudiantes • Velar por que todos los alumnos y las alumnas lleguen a
clases y terminen el año escolar • Velar por el cumplimiento de los derechos y
deberes de todos los alumnos y las alumnas • Proponer y desarrollar un plan de
trabajo para todo el año• Presentar, al final del año, un informe del trabajo
que se realizó.
g)
Conformación de comisiones:
Anualmente
el Director de un establecimiento educativo deberá conformar las comisiones de
trabajo, debido a su importancia podemos citar las siguientes:
1.
Comisión de Evaluación
2.
Comisión de convivencia y orientación (Disciplina)
3.
Comisión de Cultura
4.
Comisión de Deportes
5.
Comisión de atletas deportivos.
6.
Comisión de atletas
académicos.
7.
Representación
artística.
8.
Comisión de salud, limpieza
y ornato.
De acuerdo con la administración educativa de turno pueden
haber algunas otras comisiones que son de importancia para el buen
desenvolvimiento de las diferentes actividades que se ejecutan en el centro
educativo.
h)
Reuniones con padres de familia
Una de las actividades primordiales que debe llevar a cabo
el Director de un establecimiento educativo, es reunirse periódicamente con los
padres de familia de los estudiantes inscritos en el establecimiento, deben
tener como objetivo socializar cuales son los resultados de la labor que se
realiza, así como la entrega de notas de los alumnos. Estas reuniones deben
realizarse en horarios en los cuales haya disposición de ambos padres, para que
las reuniones tengan asistencia.
i)
Reglamento de convivencia
pacífica
El 03 de enero de 2011, fue emitido el Acuerdo 1-2011 “Normativa de convivencia pacífica y
disciplina para una cultura de paz en los centros educativos”, cuya
finalidad es regular las relaciones de convivencia como herramienta educativa y
pedagógica que garantice el ejercicio y cumplimiento de los deberes y derechos
en cada uno de los centros educativos del sistema nacional, formular las bases
fundamentales desde lo preventivo y formativo para la convivencia pacífica
atendiendo y promoviendo las condiciones que favorezcan el desarrollo humano,
la cual en uno de sus considerandos establece que las escuelas deben ser
ambientes seguros, libres de violencia, vicios y conductas inmorales, por
consiguiente, la participación de la Comunidad Educativa es necesaria para
consolidar y garantizar una cultura de paz para la construcción de una sociedad
justa, solidaria y equitativa.
Modificado el 29 de mayo de 2013, mediante el Acuerdo
1505-2013, El Acuerdo sobre la normativa de convivencia pacífica y disciplina
para una cultura de paz en los centros educativos, sigue siendo la herramienta
que debe utilizar el Director, junto a su comisión de disciplina para lograr un
ambiente de armonía dentro del establecimiento, ya que en él están plasmadas
las acciones a seguir en cualesquiera de los casos que se susciten y que de
alguna manera puedan alterar el orden o el ambiente requerido para alcanzar los
objetivos pedagógicos y de convivencia en el establecimiento.
j)
Gestión para la construcción o reparación y/o mantenimiento
del edificio escolar.
Es importante recalcar que una de las tareas importantes
del Director es cerciorarse que el predio donde está ubicado el edificio
escolar sea propiedad del MINEDUC, requisito indispensable para recibir
cualquier tipo de ayuda estatal, de no ser así debe realizar las gestiones
necesarias a efecto de que dicha legalización se pueda concretar.
Sin embargo es importante recordar que un buen Director no
debe confiarse a esperar la ayuda estatal, pues lo más seguro es que esta nunca
llegue, deberá pues poner todo su empeño para que junto a su personal docente y
padres de familia se puedan realizar diferentes gestiones a numerosas
instituciones existentes, para mantener el Edificio Escolar en optimas
condiciones. Vale la pena recordar que
la presentación adecuada y las buenas condiciones del establecimiento harán de
la escuela un lugar más agradable para los estudiantes que a ella asistan. Con
tristeza puede verse muchísimos centros educativos que por desidia se han
deteriorado mucho, pero también está la parte opuesta donde tanto el Director
como sus maestros y padres de familia mantienen edificios escolares en
condiciones muy agradables bien mantenidos en su debido tiempo.
k)
Limpieza de las instalaciones y buenas prácticas de higiene.
La escuela debe ser el modelo a seguir dentro de
determinada comunidad, en ese sentido el Director debe velar porque tanto las
instalaciones así como las diferentes áreas que componen el predio escolar se
mantengan siempre limpias. La escuela debe enseñar a los alumnos buenas
prácticas de higiene, tales como el aseo personal, el manejo adecuado de los
desechos(basura), debiendo procurar el reciclaje y la selección y/o separación
de los mismos y de esa manera lograr el objetivo, y que estas sean puestas en
práctica por el alumno no solo en la escuela sino también en su hogar; lo
deseable sería que el Director junto a su personal docente, mediante las buenas
prácticas de higiene logre certificar por medio del Ministerio de Salud Pública
que su escuela tiene los méritos suficientes para ser catalogada como “Escuela saludable”
l)
Sueldos Pagados No devengados
Los Directores deben tener especial cuidado en el
cumplimiento a las recomendaciones de la Contraloría de cuentas por los
hallazgos encontrados en el Ministerio de Educación y las instrucciones
recibidas por la Sección de Recursos Humanos, es importante el seguimiento, la
verificación y revisión de algunos puntos importantes que como autoridades de
los centros Educativos que representan deben tomarse en cuenta:
a) Tener el control del personal que está asignado
presupuestariamente a cada centro educativo con la finalidad de que el personal
que se le hace efectivo el pago de sueldo devengue y labore en su unidad administrativa.
b) Remitir inmediatamente los formularios de suspensión de
pago de personal que por alguna acción de personal no deba devengarlos.
c) Los cuadros de movimiento de personal por acciones de
movimiento de personal que genere suspensión de pago deben generarse
inmediatamente al formulario de suspensión de
pago,
d) De existir personal con doble puesto dentro de la entidad
de estado debe darse seguimiento a los horarios y jornadas establecidas para el
cumplimiento de sus contratos o nombramientos.
m)
Permisos laborales Personales:
De acuerdo a lo establecido en el Pacto Colectivo
establecido entre el Sindicato de trabajadores de la Educación de Guatemala
STEG y el MINEDUC, un trabajador del Ministerio de Educación tiene derecho a
tres días de permiso por situaciones personales durante el año, además de los
días establecidos legalmente. Para solicitar un permiso laboral se debe
utilizar el formulario RHA-FOR-49 autorizado por el MINEDUC para tal efecto.
Existen también permisos especiales por situaciones de
becas o por estar cursando estudios universitarios, para tal efecto se deberá
tramitar ante la Unidad de Recursos Humanos de la DIDEDUC la de licencia
respectiva.
n)
Movimiento de personal:
En relación al movimiento de personal,
deberá cumplir lo establecido en el Decreto No. 1485 Dignificación y
Catalogación del Magisterio Nacional, el 1748 Ley de Servicio Civil, y otras
disposiciones legales emanadas del Ministerio de Educación, atendiendo lo
establecido en el Manual de Nombramiento y Acciones de Personal de la Oficina
Nacional de Servicio Civil (1991), llevando los registros correspondientes e
informando a las autoridades respectivas oportunamente.
Algunas acciones establecidas en el
manual de nombramiento y acciones de personal de la Oficina Nacional de
Servicio Civil son las siguientes:
Nombramiento:
Nombramientos Cubiertos
por el Decreto 1485 del Congreso de la República:
Los nombramientos para puestos docentes
y técnico-administrativos cubiertos por el Decreto 1485 “ley de dignificación y
Catalogación del Magisterio Nacional”, deben regirse por lo establecido en el
mismo, debiendo observarse de manera especial lo preceptuado en los artículos
12 y 13 de dicha ley, relacionado con las calidades docentes que deben reunir
las personas designadas para tales puestos, responsabilidad que recae
directamente a la autoridad nominadora y su respectivo Director de Personal.
Formalidades al
ingresar al servicio
Toma de posesión: la toma de posesión es un acto formal, personal e indelegable, por
medio del cual una persona asume el puesto para el que ha sido nombrado,
mediante autoridad nominadora correspondiente. Previo a dar posesión de un
puesto, la autoridad respectiva debe solicitar a la persona que lo asume, que
se identifique por medio de cualquier documento legalmente admisible. La toma
de posesión requiere que se suscriba el acta de rigor, la cual formaliza el
inicio de la relación laboral, otorgándole a la
persona nombrada la autoridad, derechos y responsabilidades inherentes
al puesto.
Prescripción de
Nombramiento: De acuerdo con el artículo 87 de la ley
de Servicio Civil y el numeral 17 del artículo 3º. Del Acuerdo Gubernativo 1222- 88, prescribe en tres meses la
vigencia de cualquier nombramiento sin que se haya tomado posesión del puesto
respectivo, contado a partir de la fecha de su
autorización.
Permutas:
De conformidad con el artículo 59 de la ley de
Servicio Civil, las permutas sólo proceden entre servidores que ocupen puestos
de igual clase, con anuencia de los interesados y pueden ser acordadas por la
autoridad nominadora respectiva, quien notificará a la Oficina Nacional de
Servicio Civil dentro de los diez días siguientes. Si se tratare de puestos de
clase diferente, no podrán efectuarse las permutas sin previo dictamen
favorable de esta Oficina. Las personas permutadas de un puesto a otro
conservarán el complemento al salario inicial que se encuentren devengando,
siempre y cuando el cambio se opere entre puestos que tengan el mismo salario
inicial.
En el caso específico del Magisterio
Nacional existe la facilidad de que un docente puede permutar con alguien con
una letra inferior o superior a la que está catalogado como docente.
2.4
PROHIBICIONES PARA LOS SERVIDORES PUBLICOS
De acuerdo a la ley de Servicio Civil, en sus artículos 65,
66 y 86 se establecen las siguientes prohibiciones:
Prohibiciones
Generales
Hacer discriminaciones por motivo de orden político,
social, religioso, racial o de sexo, que perjudiquen o favorezcan a los
servidores públicos o aspirantes a ingresar en el Servicio Civil.
Ningún funcionario ni empleado debe usar su autoridad
oficial para obligar o permitir que se obligue a sus subalternos a dedicarse a
actividades política dentro o fuera de su función como servidores públicos, ni
a hacer cualquier otra actividad a favor o en contra de partido político
alguno.
Prohibiciones
Especiales
Solicitar o recibir dádivas, regalos o recompensas de sus
subalternos o de los particulares, y solicitar, dar o recibir dádivas de sus
superiores o de los particulares, con el objeto de ejecutar, abstenerse de
ejecutar, o ejecutar con mayor esmero o retardo cualquier acto inherente o
relacionado con sus funciones.
Ejecutar
cualquiera de los actos descritos en el inciso anterior con el fin de obtener
nombramiento, aumento de salario, promoción u ora ventaja análoga.
Ejecutar
cualquiera de los actos descritos en el inciso anterior con el fin de obtener
nombramiento, aumento de salario, promoción u ora ventaja análoga.
Solicitar o recoger, directa o indirectamente,
contribuciones, suscripciones o cotizaciones de otros servidores públicos,
salvo las excepciones muy calificadas que establezcan los reglamentos.
Ejercer o hacer propaganda de índole política durante y en
el lugar de trabajo.
Tomar en cuenta la filiación política de los ciudadanos
para atender sus gestiones, favoreciéndolos o discriminándolos.
Coartar la libertad de sufragio.
Prohibiciones Complementarias
Tramitar
solicitudes de empleo en forma distinta de las previstas en esta ley. Sugerir o
exigir, en algún cuestionario o formulario relativo a materias de personal,
información sobre la afiliación u opinión política, social o religiosa de un
solicitante de empleo, de un candidato ya incluido en alguna lisa o de un
servidor público.
Permitir,
iniciar o ejercer presión o discriminación, en contra o a favor de un
solicitante de empleo, de un candidato ya incluido en alguna lista, o de un
servidor público con base en su raza, color, sexo, afiliación u opinión
política, social o religiosa.
El Decoro:
El Director del centro Educativo debe ser el ejemplo a
seguir en todo sentido, tanto por el personal bajo su jurisdicción
administrativa, como por los estudiantes del centro educativo. Deberá velar por
lo establecido en la Ley de Servicio Civil, en el Artículo 64, estableciéndose
que el empleado público deberá mostrar decoro en su comportamiento en todas las
actividades que realiza, tanto dentro de su institución como fuera de ella,
deberá evitar la comisión de actos reñidos con la ley, la moral y las buenas
costumbres que afecten el prestigio de la administración pública.
Se debe observar dignidad y respeto en el desempeño de los
puesto, hacia el público, los jefes compañeros y subalternos; algo que resulta
muy lamentable es la despreocupación que
existe de parte de muchos Directores y docentes en cuanto a cuidar su
apariencia, tanto el Director como el docente deben cuidar su apariencia
personal, es decepcionante observar a docentes realizando su labor en condiciones de presentación personal
lamentable, utilizando prendas de vestir que no son aptas para la labor de un
servidor público principalmente si hablamos de un “maestro”, quien debe
inculcar respeto y admiración en todas sus actuaciones, recordando que su
función es formadora.
Velar por cumplimiento
de la jornada de trabajo:
El Director debe cumplir y velar por que se cumpla con la
jornada completa de trabajo: la hora de entrada y salida el personal docente y de
servicio, debe registrarse en el libro de “Control de Asistencia del Personal
Docente”, mismo que debe ser debidamente autorizado por la Autoridad
respectiva. Este libro debe ser celosamente custodiado por el Director de
centro educativo y por ningún motivo debe contener alteraciones de ningún tipo,
en el deberán registrarse mediante firma la hora de ingreso y egreso del
personal bajo su cargo. Al finalizar un mes calendario el Director deberá
realizar el análisis respectivo en cuanto a cuál fue el comportamiento de su
personal en cuanto al cumplimiento de esta norma administrativa. Por ello
resulta indispensable que el Director sea el ejemplo,
resultaría administrativamente ridículo que el jefe exija y
no cumpla, que llegue tarde, pero exija a su personal que llegue temprano, que
salga antes del horario establecido o que falte sin la autorización respectiva.
Por aparte debe velar porque su personal optimice la jornada laboral docente,
evitar las reuniones informales que muchas veces suscitan fuera de las aulas,
entre el personal para tratar asuntos sin trascendencia ni importancia para la
actividad educativa.
Según el “Acuerdo Ministerial No. 927” Reglamento para
Determinar las Jornadas de Trabajo, de los niveles y áreas de la educación en
Guatemala,
Artículo
6. Se establece lo siguiente:
Jornada
matutina de 7:30 a 12:30 horas. Jornada vespertina de 13:00 a 18:00 horas.
Jornada nocturna de 19:00 a 23:00 horas.
Artículo
9 inciso “b”, es obligación de los docentes presentarse 15 minutos antes de
iniciarse la jornada.
La
jornada del nivel pre primario es de 8:00 a 12:00 horas, en jornada matutina y
de 13:00 a 17:00 en la jornada vespertina.
Recreos Dirigidos:
Existe una idea equivocada de la función del Director y los
docentes durante la hora de recreo, a tal extremo que se utiliza para realizar
reuniones coloquiales extensas, que muchas veces sobrepasan el tiempo
establecido para el horario de recreo, descuidando completamente a los
estudiantes, permitiendo como consecuencia que muchos de los actos negativos
tales como el bullying se cometan durante este horario, debido a que el
personal docente se desentiende completamente de sus alumnos en este tiempo.
Hay que recordar que el recreo es para
los alumnos y que el maestro deberá utilizar este tiempo para que el alumno
libere su energía, se relaje y pueda quitar el estrés de la actividad
académica, mediante actividades dirigidas o cuando menos observadas.
Utilización
adecuada de la tecnología:
Sin duda la utilización de la tecnología es de gran ayuda e
importancia en el proceso enseñanza aprendizaje, aunque en países como el
nuestro las TICs, siguen siendo una materia pendiente de implementar, en
nuestros establecimientos, sin embargo la utilización inadecuada de
dispositivos tecnológicos como el teléfono celular, las tablets o computadoras
están causando un efecto negativo principalmente en los jóvenes, por lo que
debe tenerse mucho
cuidado ya que el internet así como tienen grandes
beneficios también puede distorsionar la mente de nuestros alumnos. Es importante
que el Director ponga especial cuidado en el uso adecuado de la tecnología,
pero no solo en los alumnos sino también en los docentes, ya que actualmente
muchos se distraen en cuestiones personales, las llamadas paginas sociales como
el facebook, instagram y otras se han convertido en un grandísimo distractor no
solo de los alumnos sino también de los docentes.
2.5
SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Compete al Director la toma de las acciones administrativas
correspondientes, de acuerdo a las potestades que ley le permite, entre las más
comunes tenemos las siguientes:
Amonestación verbal: Esta
acción se ejecuta cuando la falta cometida por el subalterno es leve, es decir
es de poca trascendencia o de perjuicio mínimo, pero que de alguna manera
afecta el buen funcionamiento de la organización administrativa de la
dependencia(Artículo 80, Reglamento de la Ley de Servicio Civil “Acuerdo
Gubernativo 18-98)por ejemplo llegar algunos minutos tarde al trabajo por cusas
injustificadas, no cumplir con algún requerimiento, siempre y cuando sea
sencillo; es importante hacer notar que toda llamada de atención debe realizar
con privacidad y debe quedar evidenciada al suscribir el acta respectiva.
Amonestación escrita: Se
impondrá cuando el servidor en un mismo mes calendario, haya merecido dos o más
amonestaciones verbales o en los demás casos, que estas sean de mediana
trascendencia y no merezca una suspensión de trabajo sin goce de sueldo, se
ejecuta mediante el acta respectiva y se deja constancia en el expediente del
servidor público. (Artículo 80, Reglamento de la Ley de Servicio Civil “Acuerdo
Gubernativo 18-98)
Es importante hacer
notar que cuando el servidor cometa una falta grave tal como:
1.
Conducirse de forma abiertamente inmoral, acuda a la
injuria, a la calumnia o las vías de hecho contra su jefe o los representantes
de este o en contra de otro servidor público en la dirección de las labores.
2.
Dejar de asistir al trabajo sin el correspondiente permiso
o sin causa debidamente justificada, durante dos días laborables completos o
durante cuatro medios días.
3.
Cuando se niegue de manera manifiesta a acatar las normas
de su jefe
4.
Cuando el servidor incurra en negligencia, mala conducta
insubordinación, marcada indisciplina, ebriedad consuetudinaria o toxicomanía
en el desempeño de sus funciones.
5.
Por maltrato infantil, en cualquiera de sus manifestaciones
ya sea física o psicológica.
En los casos anteriores
el Director del establecimiento se limitará únicamente a suscribir el acta
respectiva, donde describirá de forma clara y objetiva los hechos suscitados y
procederá a certificarla y remitirla mediante oficio, a su jefe inmediato para
el trámite respectivo.
Es de suma importancia hacer notar, que de
toda diligencia administrativa se debe dejar constancia mediante actas suscritas
en los libros legalmente autorizados para el efecto, en el establecimiento
educativo y no en libros de conocimientos como erróneamente se ha acostumbrado
en algunos casos, esto tomando en consideración que el conocimiento no es un
documento jurídicamente valido cuando se realiza alguna acción administrativa,
principalmente en cuestiones de personal.
2.6
EL PROTOCOLO DE IDENTIFICACION Y REFERENCIA DE CASOS DE VIOLENCIA DENTRO DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL.
La escuela debe contribuir al desarrollo integral de la
persona, velando porque a cada niño y niña se le respeten principios
fundamentales como los derechos humanos, la libertad, la equidad, justicia y
seguridad dentro de un ambiente de paz donde se respete y se fomente nuestro
origen pluricultural y multilingüe. Lamentablemente en la escuela muchas veces
se violan los derechos de los niños, los casos de violencia en contra de la
niñez son más comunes de lo que se quisiera. Muchos niños son abusados por los
mismos padres de familia, por otros adultos, por sus compañeros e
increíblemente por los mismos maestros.
Ante cualquier sospecha o evidencia de maltrato físico o
psicológico, el Director deberá conocer y seguir los pasos establecidos en el
“Protocolo de Identificación, atención y referencia de casos de violencia
dentro del Sistema Educativo Nacional”, en este manual de suma importancia se
detallan los pasos para que el Ministerio de Educación a través del Director
pueda hacer la detección, la atención y referencia de cualquier caso de
violencia contra los estudiantes. Luego de la sospecha o detectado un caso de
violencia ya sea por un maestro o por el propio Director, éste deberá realizar
las denuncias respectivas en un plazo no mayor de 24 horas, ante la Oficina de
Atención Permanente del Ministerio Público y la Procuraduría General de la
Nación o en su defecto ante la Policía Nacional Civil.
El omitir una denuncia ya sea por simple sospecha o haberse
detectado claramente un caso de violencia contra un estudiante, se constituye
en una falta a las leyes vigentes del país, en materia de protección a la niñez
y otras afines.
CAPÍTULO 3
ACTIVIDADES DIARIAS DEL DIRECTOR
3.1 ACTIVIDADES
BASICAS DEL DIRECTOR EDUCATIVO EN EL CAMPO
TECNICO-PEDAGOGICO
Fundamentalmente, para orientar la acción docente del personal,
hacia la consecución de los fines y objetivos de la educación nacional y en
particular del establecimiento, el Director debe brindar orientación
pedagógica, para que los docentes bajo su jurisdicción administrativa, se
actualicen constantemente en los métodos y técnicas del proceso
enseñanza-aprendizaje; la planeación educativa será desarrollada de conformidad
con los planteamientos de nuestra realidad nacional, siendo el marco legal el
“Curriculum Nacional Base” en sus diferentes niveles educativos.
En este sentido, el (la) Director(a) debe ser el animador
(a)-facilitador(a) para lograr una visión global e integradora del currículum
que tienda a realizar los ajustes necesarios para producir el mejoramiento
cualitativo de los elementos que lo constituyen.
En este contexto, deberá orientar el currículum hacia una
filosofía en torno a la persona, que no sea producto del desarrollo individual,
sino como un proceso social y solidario en función de él y con los demás
personas. Debe pensarse en el enriquecimiento personal en función social como
principio de una filosofía humanista que tenga como fundamento el respeto a la
dignidad humana y a los derechos esenciales del hombre. Debe permitir la
continuidad y secuencia, y la integración de los procesos y contenidos en
función de la formación integral de la persona. Es urgente dar pertinencia al
currículum conjugando las necesidades de las personas y la comunidad local con
las demandas del desarrollo nacional, por medio de los ajustes a las
estructuras existentes en los programas o guías curriculares, en los procesos,
procedimientos e instrumentos de evaluación.
La
acción técnico-pedagógica del director se orientará, fundamentalmente en las
dimensiones siguientes:
En el proceso
de enseñanza-aprendizaje.
Para ubicar las acciones del director de
un centro escolar en el desarrollo curricular, es necesario partir de la razón
fundamental de su trabajo; como es, actuar de técnico responsable del
mejoramiento cualitativo de la educación y más propiamente de la optimización
de la enseñanza y aprendizaje del alumno.
El director como administrador educativo
debe conocer el marco de referencia que sirve para la organización del proceso
de enseñanza- aprendizaje a nivel nacional, regional y local. A partir del
conocimiento de los elementos que conforman dicho marco de referencia, puede
propiciar la organización científica del proceso de enseñanza-aprendizaje a
nivel de grado, de asignatura, área, actividad, hasta garantizar un efectivo
aprendizaje del educando.
En un marco de referencia educativo
pueden encontrarse algunos elementos tales como:
1. El sistema nacional de valores que quiera perpetuarse por
medio del sistema educativo.
2. La imagen o el perfil que la localidad tenga del prototipo
de hombre o mujer que quiera formar
y que sea socialmente útil a su grupo.
3. El tipo de actividad de la naturaleza del aprendizaje, sus
principios, leyes y condiciones más
favorables para realizarse.
Cuando se conoce todo lo anterior, la
labor de director y del maestro se facilita y cada uno asume el rol
que le corresponde frente a su responsabilidad de mejorar la calidad del
proceso de enseñanza- aprendizaje del educando.
El esfuerzo fundamental en todo
desarrollo curricular está centrado en el mejoramiento del aprendizaje del
educando niño(a), adulto haciéndolo más
interesante, más útil, actualizado y que corresponde frente a sus necesidades e
intereses vinculados con la realidad cambiante y compleja en que vive.
El planeamiento del aprendizaje y su
organización no debe perder de vista al
educando como el sujeto fundamental, por lo que, debe tener siempre presente
que si el desarrollo de currículum no llega al educando,
éste
no logra su objetivo, de donde es importante considerar algunas características
mínimas del currículum innovador.
.
1. Que busque reducir las
desigualdades sociales: No sólo por entender a
los sectores menos favorecidos de la población, sino por apuntar al
desenvolvimiento pleno de la personalidad de los educandos, proporcionándoles
instrumentos que les permitan acceso efectivo a los niveles culturales
2. Que sea compensatorio: Es decir, que incluya experiencias y actividades cuya
realización por diversas causas, no pueden realizar en el curso de su vida
cotidiana los sujetos de la educación.
3. Que sea participativo: En sus etapas de planificación y ejecución que exista una
participación efectiva, crítica y directa de todos los involucrados en el proceso.
4. Que sea integrador: Es decir, correlacionado estrechamente con las fuentes que
lo alimentan o lo determinan y con sus elementos y fases.
5. Que sea integral: Es decir, que vincule efectiva y apropiadamente todos los
tipos de aprendizaje.
6. Que sea informativo: Para que propicie las condiciones más adecuadas para
desarrollar todas las potencialidades individuales en cuanto a aptitudes,
actitudes y habilidades.
7. Que sea creativo: Para que estimule la capacidad de buscar y movilizar una
variedad de soluciones a problemas dados.
8. Que sea crítico: Al proporcionar los elementos teóricos y los instrumentos,
para desarrollar la capacidad de análisis de las situaciones sociales y
personales, en función de una ubicación más consistente de los sujetos para
comprender y transformar esas situaciones.
9. Que esté concebido y
ejecutado en la dirección de la educación permanente: Es decir, que fomente el deseo de los sujetos y grupos a
seguir aprendiendo a lo largo de su vida y le brinde medios para el ejercicio
de la formación continua.
10. Que este estructurado
para integrar el trabajo A las acciones
educativas, haciendo del mismo un instrumento de formación individual y social
y no de explotación de los estudiantes como mano de obra barata.
11. Que sea funcional En el sentido de adecuar los contenidos educativos a los
intereses de los educandos y a los problemas y necesidades de los grupos
sociales, sin perder de vista que los intereses, necesidades y problemas
de la comunidad y de sus
integrantes son puntos de partida y no de llegada a los
procesos de aprendizaje. Su funcionalidad debe manifestarse tanto en su
elaboración, como en el proceso de aprendizaje y en su producto.
12. Que sea flexible En tanto otorgue un margen de libertad para: la
incorporación de nuevas situaciones educativas, conforme a las necesidades,
intereses y problemas de los individuos y los grupos participantes en el aprendizaje.
3.2
El Director y el proceso de descentralización educativa.
El Director debe estar preparado para
afrontar los cambios cualitativos que en lo pedagógico como en lo
administrativo se operan en el desarrollo nacional.
Estos cambios, necesarios y urgentes, habrán
de facilitarse mediante los procesos de descentralización y desconcentración
educativa, ya que la regionalización, atenderá las necesidades y expectativas
peculiares de las diferentes regiones del país.
Los procesos implican que el director
maneje adecuadamente una serie de situaciones, como las siguientes:
1.
El uso compartido del
espacio comunitario, que consiste en utilizar el edificio escolar como un
elemento físico más de la comunidad, lo cual implica el uso de espacios de la
comunidad para funciones educativas y viceversa.
2.
Acciones de
capacitación del personal educativo
3.
Acciones de cambios
curriculares que deben orientarse técnicamente hacia un currículum
participativo, flexible y adecuado a las necesidades y expectativas de la comunidad.
4.
Acciones para
fortalecer la capacidad técnico-pedagógica de la escuela, mediante mecanismos
de organización flexibles, innovadores y ligados estrechamente a la dinámica
del desarrollo de la comunidad.
5.
Acciones para romper el
aislamiento de la escuela con su medio y utilizar su capacidad física instalada
y la competencia de sus docentes en el desarrollo de actividades educativas y
culturales para la comunidad. En tal
sentido, la escuela debe de ser un eje de convergencia de la comunidad y un
bien a la que esta tiene derecho y debe coadyuvar a administrar y mejorar.
Considerar los rasgos fundamentales del currículum en el marco de la descentralización.
1.
Debe ser producto de la
investigación de las necesidades, intereses, expectativas, actitudes y
posibilidades de desarrollo local.
2.
En la investigación
deben participar maestros, alumnos y padres de familia y comunidades en común.
3.
La promoción de los
alumnos debe hacerse con base al logro de los objetivos curriculares a nivel
nacional y local.
4.
Las adecuaciones curriculares
locales deben hacerse por medio de una estrategia de doble vía a partir de un
diseño nacional, que se vitaliza en la comunidad y que se nutre de las
experiencias realizada en cada centro escolar.
5.
Ser objeto de una
evaluación constante que permita los reforzamientos y las orientaciones necesarias.
6.
Los padres de familia
deben ser incorporados en los aprendizajes de la vida cotidiana e invitarlos
para evaluar los aprendizajes de sus hijos.
7.
La integración de la
escuela a la vida de la comunidad y la coordinación de los servicios
institucionales que propicia el desarrollo de la comunidad, para la enseñanza
objetiva y practica en relación a la educación para la salud, la agricultura y
la capacitación para el trabajo, etc.
8.
Se trata de convertir
la escuela en una autentica comunidad educativa en que los padres y el medio
social colaboren en una obra común y los niños aprendan la solidaridad y el
trabajo mancomunado en la práctica y la propia realidad de su vida escolar, en
este sentido las escuelas constituyen un centro local de desarrollo comunitario
al servicio de la comunidad que partiendo de las necesidades educativas básicas
a las cuales debe responder la escuela, para constituirse en una verdadera
respuesta para el desarrollo local.
En la evaluación curricular
El Director deberá estar capacitado
para realizar la evaluación del centro educativo, en relación a los objetivos
generales y las políticas educativas definidas.
Esta
evaluación debe ser permanente, continúa e integral y que conduzca a la toma de
decisiones y al mejoramiento de los procesos.
La evaluación de los programas educativos y de todos los
proyectos que se realicen, deberá de hacerse de manera conjunta, a efecto de
lograr la participación de todos los elementos que intervienen en las
actividades evaluadas.
En la
Evaluación del Centro Educativo
Una vez definido el ámbito de la evaluación, se hace
necesario reflexionar sobre sus diferentes aspectos o dimensiones y determinar
cuáles de ellos eran objeto principal del estudio. Esta operación ayudará
notablemente al evaluado(a), especialmente en la tarea de recolectar la
información.
Un plan de evaluación global de un
Centro Educativo debiera incluir información sobre todas y cada una de las
dimensiones a evaluar, esta incluirá no solo al alumnado sino también al
Director, personal docente y personal de servicio si hubiese. Se debe plantear
la necesidad de hacer, evaluaciones sectoriales o parciales, perfectamente
legitimas, para corregir disfunciones en algunos de dichos aspectos. Con los
resultados de la evaluación se elabora los informes, los cuales deberán
contener las estadísticas, el análisis de los mismos, destacando los
indicadores de eficiencia interna y externa del Centro, así como las medidas
remédiales y de refuerzo que permitan el logro de los objetivos establecidos.
Continuamente el Director deberá realizar una
autoevaluación de sus acciones, así como pedir a sus subalternos que emitan
juicio de las acciones que realiza, esta evaluación hacia el Director la pueden
hacer de forma escrita para evitar la confrontación o que los evaluadores se
sientan intimidados, al respecto el Director deberá tener la madurez necesaria
para aceptar la crítica constructiva, tomando en consideración que los
resultados de esta evaluación únicamente buscan mejorar su forma de trabajo,
corregir pequeños o grande detalles en que quizá se haya fallado con o sin intención.
ESCUELAS BILINGUES:
Muy poco se ha logrado en cuanto al apoyo que deben tener
los establecimientos bilingües, lamentablemente a pesar de que se cuenta con
alguna caracterización de comunidades con estas condiciones especiales, se
siguen nombrando Directores y docentes monolingües, sin importar que los mas
damnificados son los
estudiantes y padres de familia, principalmente en los
niveles de pre primaria y primaria, ya que dificultan seriamente la
comunicación.
Ante esta lamentable situación tanto el Director como los
docentes deberán redoblar esfuerzos a efecto de aprender el Idioma materno de
dichas comunidades y de esa manera facilitar los proceso de enseñanza-aprendizaje.
3.3 ALGUNOS
ASPECTOS QUE DEBE MANEJAR EL DIRECTOR EN EL
CAMPO LEGISLATIVO
Se
considera que entre otras, el director del centro educativo debe conocer y
aplicar los siguientes instrumentos legales:
1.
Constitución
Política de la República, 1985.
2.
Ley
Nacional de Educación Nacional. Decreto 12-91
3.
Dignificación
y Catalogación del Magisterio Nacional. Decreto 1485.
4.
Ley
de Servicio Civil. Decreto 1748.
5.
Acuerdo
Gubernativo 18-98 Reglamento de la Ley de Servicio Civil.
6.
Reglamento
de Evaluación del Rendimiento Escolar.
7. Reglamento para determinar las jornadas
de trabajo de los niveles y áreas de la educación en Guatemala. Acuerdo
Ministerial No. 927.
8. Reglamento
para el uso de edificios escolares. Acuerdo Gubernativo No. 2- 72.
9.
Decreto
Legislativo 1117, Reglamento para el goce de período de lactancia.
10. Reglamento para la organización y funcionamiento de los archivos escolares.
11. Reglamento de Enseñanza Religiosa.
Acuerdo Gubernativo 1060, de fecha 1093-8A.
12.
Acuerdo
Ministerial 1055-2009 Reglamento de inscripción de alumnos.
13. Suspensión de actividades escolares los
días lunes, martes, y miércoles santo de cada año. Acuerdo Ministerial 158, de
fecha 9/4/73.
14.
Reglamento
para el disfrute y cumbre de vacaciones del magisterio nacional. Acuerdo 534,
de fecha 7/11/63.
15.
Reglamento
para escuelas parvularios y secciones anexas
(31/12/82).
16. Acuerdo Gubernativo 226-2008,
Prohibición de cobros en los centros educativos oficial del país y uso
voluntario del uniforme escolar.
17.
Instructivo
para el funcionamiento de comités de Finanzas. Acuerdo Ministerial 185, de
fecha 29/1/88.
18.
Ley
Nacional para el desarrollo de la cultura física y el deporte Decreto 76-97.
19. Acuerdo de convivencia pacífica, Acuerdo
Ministerial 01-2011.
20.
Acuerdo
de creación del plan leamos juntos y contemos
juntos
21. Instrucciones sobre inventarios de
oficinas públicas. Circular 3-57 de la Contabilidad del Estado del ministerio
de Finanzas públicas.
22.
Guía
para la Organización del Comité Escolar de Gestión para la Reducción del Riesgo y Elaboración del
Plan Escolar de Respuesta.
Y otras Leyes que pueden ser de
interés o publicadas posteriormente al presente manual.
3.4
CORRESPONDENCIA OFICIAL
Para la aplicación de las normas, es necesario utilizar
instrumentos de correspondencia oficial, que deben responder a determinadas
características entre otras:
1.
No usar abreviaturas.
2. El destinatario se escribe después de la firma del emisor del documento.
3.
Anotar el número de
registro y las referencias, tanto de quien instruye como de quien elabora el instrumento.
Principales
instrumentos de correspondencia oficial:
1.
La Solicitud
2.
La circular
3.
La providencia
4.
La Notificación
5.
El Acta
6.
El Oficio
7.
El Memorándum
8.
La Resolución
9.
El Dictamen
10.
El Conocimiento
De
acuerdo al asunto de que se trata y considerando la ubicación de la acción, así
será el instrumento a utilizar.
INDICACIONES EN RELACION A LOS INSTRUMENTOS DE
CORRESPONDENCIA OFICIAL
|
INSTRUMENTO |
QUE ES |
ELEMENTOS
QUE LO CONFORMAN |
APLICACIÓN |
|||
|
LA
SOLICITUD |
Documentos por medio del cual el(los) interesado(s) pide(n) a quien
corresponde se le(s) proporcione un bien o servicio. |
-Datos del solicitante. -Exposición de motivos -Petición -Cierre. -Lugar y fecha -Destinatario. -
Nombres y firma del solicitante. |
Puede
ser individual o colectiva en función de los requerimientos de los
interesados. |
|||
|
EL OFICIO |
Documento por medio del cual se dirigen las autoridades a otras, o a
diversos funcionarios entre sí, por cuestiones relativas a sus cargos y
funciones. |
-Lugar y fecha. -Vocativo. -Contenido. -Firma de quien envía el oficio. -Identificación del título y
cargo a quien se dirige el oficio. |
Generalmente
se aplica para informar alguna disposición relacionada al servicio. |
|||
|
LA
CIRCULAR |
Orden o conjunto de instrucciones reglamentario, aclaratorio o
recordatorios que sobre una materia envía la autoridad a sus subordinados. |
-Fecha. -Destinatarios. -Asunto
o Contenido. -Firma. |
Se
utiliza para brindar información colectiva acerca de un determinado tema o
asunto. |
|||
|
EL MEMORANDUM |
Instrumento
donde se anotan las cosas que deben hacerse en determinada ocasión o día. |
-Destinatario. -Remitente. -Asunto -Fecha. |
Se
utiliza para hacer un recordatorio individual o colectivo de temas o asunto
con la finalidad de no olvidarlos u omitirlos. |
|||
|
INSTRUMENTO |
QUE ES |
ELEMENTOS QUE LO CONFORMAN |
APLICACION |
||||
|
LA NOTIFICACION |
Instrumento donde una autoridad comunica lo resuelto de un trámite al interesado. |
-Fecha y hora
de la notificación -Dirección en
donde se hace la notificación. -Persona a
quien se hace la notificación. -Firma de la
persona a quien se notificó. -Firma del
notificador. |
Generalmente
se utiliza para hacer del conocimiento
de los interesados, el estado o finalización del trámite requerido. |
||||
|
EL
DICTAMEN |
Constituye la respuesta a la consulta del interesado, sometido a
consideración de una autoridad o técnico, en relación a determinado asunto. |
-
identificación de la institución. -
lugar y fecha. -
Asunto. -Descripción del asunto objeto del dictamen. -
Opinión técnica del experto. -
Nombre y firma del experto. |
Se
utiliza cuando es necesario contar con una opinión técnica previo o resolver
una determinada petición o asunto. |
||||
|
LA PROVIDENCIA |
Es un documento que se elabora como consecuencia de una petición
escrita. |
-
Identificación de la institución. -
Lugar y fecha. -
Asunto. -
Decisión -
Título del emisor. -
Nombre completo y -
Firma. |
Se
utiliza cuando es necesario trasladar a otra instancia una petición recibida
por escrito. |
||||
|
LA RESOLUCIÒN |
Documento que se elabora como consecuencia de una petición escrita. |
-
Identificación. -
Considerandos o motivos. -
El Por tanto, que contiene los elementos que fundamentan la decisión. -
La resolución, o sea la decisión sobre el asunto. |
Se
utiliza por dar la respuesta final a un asunto planteado, ya sea favorable o
desfavorable al peticionario. |
||||
|
EL
ACTA |
Es un documento que se suscribe en el libro autorizado para el
efecto, el acta debe contener descripción de actos o hechos que ocurren en un momento |
-
Lugar, fecha y hora. -
Identificación de las personas que participan. -
Cuerpo del acta, o sea las cláusulas o puntos tratados. -
Cierre. |
Se
aplica para dejar constancia de actos o hechos ocurridos, considerados como
parte del historial de la institución. Es el único documento válido
en una acción administrativa. |
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|
|
determinado. |
-Firmas de los participantes. |
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EL CONOCIMIENTO |
Es un documento que contiene la manifestación escrita de haber
recibido alguna cosa. |
-
Lugar y fecha. -
Nombre de quien recibe. -
Descripción de lo recibido. -
Nombre y firma del receptor. |
Se utiliza para hacer un
recordatorio individual o
colectivo de temas o asunto con la
finalidad de no olvidarlos u omitirlos. Erróneamente muchos Directores creen que un conocimiento tiene igual validez
que el acta. |
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EL DIRECTOR DE LA ESCUELA PÚBLICA DE PRIMARIA EN GUATEMALA
a) Administrativo
Conocedor de la legación y procesos relacionados a la administración. Lo que requiere, de formación académica y capacitación constante.
b) Pedagógico
Conocedor de las nuevas tendencias metodológicas y tecnológicas. Y entusiasta en su aplicación.
c) Liderazgo
Conocimiento en la aplicación de los tipos de liderazgo administrativo y democrático. En su relación con toda la comunidad educativa.
d) Valores.
Ejemplar
ante sus compañeros de trabajo y su comunidad. Tanto dentro como fuera del
establecimiento para no afectar la proyección institucional.
CAPAZ DE:
Liderar la institución educativa
·
Crear y
ejecutar del Proyecto Educativo Institucional (PEI);
·
Generar
altas expectativas entre los miembros de la comunidad educativa;
·
Ejercer
un liderazgo compartido y flexible,
·
Desarrollar
un sistema de gestión de la información, evaluación, y rendición social de
cuentas.
Involucrarse en la gestión pedagógica
·
Asegurar
la adaptación e implementación adecuada del currículo;
·
Garantizar
que los planes educativos y programas sean de calidad y gestionar su
implementación, y;
·
Organizar
y liderar el trabajo técnico-pedagógico y desarrollo profesional de los
docentes.
Gestionar el talento humano y recursos
·
Establecer
condiciones institucionales apropiadas para el desarrollo integral del
personal;
·
Gestionar
la obtención y distribución de recursos y el control de gastos;
·
Promover
la optimización del uso y mantenimiento de los recursos;
·
Enmarcar
su gestión en el cumplimiento de la normativa legal, y;
·
Demostrar
una sólida formación profesional.
Asegurar un clima organizacional y una convivencia
adecuada
·
Garantizar
un ambiente de respeto, cultura de paz y compromiso con el proyecto educativo
institucional;
·
Promover
la formación ciudadana e identidad nacional;
·
Fortalecer
lazos con la comunidad educativa, y;
·
Comprometer
su labor a los principios y valores en marco del Buen Vivir.
Comunicarse en diferentes formas.
·
Capaz de
comunicarse a través del arte el idioma de la comunidad y otros;
·
Manifiesta
e impulsa las ideas en diversas formas de comunicación ;
·
Conocedor
del uso de las redes sociales y multimedia para generar comunicación.
BIBLIOGRAFIA
---------.
Asamblea Nacional Constituyente- ANC-. Constitución Política de la República de
Guatemala. Guatemala: Editorial Cultural guatemalteca,
1985.
---------. Congreso de la República Ley de Educación Nacional (Decreto 12-91) Guatemala: Librería Jurídica 1991.
---------. Capítulo de la dignificación y Catalogación del Magisterio Nacional (Decreto 1485) Guatemala: Editorial Piedra Santa 1991
---------. Ley de Servicio Civil (Decreto 1748) Guatemala Librería Jurídica 1995
---------.Ministerio
de Educación –MINEDUC-. Curriculum Nacional Base: Nivel Primario y pre
primario.
Guatemala: Dirección General de Currículo, 2006
---------. Manual Operativo del Director Escolar Nivel Primario Mineduc, Simac, OEA.
---------. Manual del Gobierno Escolar, Guatemala: junio 2010
---------. Evaluación de los aprendizajes. Guatemala: Dirección General de Calidad y Desarrollo Educativo. 2010
---------. Reglamento de
Evaluación de los Aprendizajes (Acuerdo Ministerial
1171-2010) Guatemala: dirección General de Acreditación y Certificación
2010
--------. Reglamento de convivencia pacífica (Acuerdo Ministerial 01-2 011). Guatemala: Dirección General de Acreditación y Certificación. 2011
--------. Protocolo de identificación, atención y referencia de casos de violencia dentro del sistema educativo nacional, Ministerio de Educación, 2012.
--------. Legislación Básica Educativa, Decima segunda edición, Martínez Escobedo, AnibalArizmendy,
Guatemala 2012.
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